Cómo hacer la gran propuesta: pedir la separación de bienes

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Cuando hemos dicho el definitivo ”si, acepto”, entre los muchos planes que le siguen, también está la toma de decisión sobre la separación de bienes: ¿si es bueno poner este asunto sobre la mesa? Y ¿Cuándo hacerlo? Y es que se trata de un tema mucho más delicado que el menú de la boda y la elección de la iglesia.

Por eso quisimos ayudar a todos los lectores que se encuentran ante esta difícil decisión y consultamos a los expertos en leyes de Gestoría Toledano, quienes nos explican todo lo que debes saber sobre la separación de bienes.

¿La separación de bienes solo se hace en caso de divorcio o separación?

Muchos piensan que la separación de bienes es necesaria solo cuando nos encontramos en medio de una ruptura conyugal, sin embargo, esto no es cierto. Más bien, los expertos recomiendan: “Es sumamente importante en parejas donde una persona puede arruinar la economía del matrimonio” Y es que “una persona física puede contraer cuantiosas deudas que mermen la economía familiar”, por lo que el régimen económico termina siendo una decisión en pro de nuestra protección.

Asimismo, los expertos coinciden en que la separación de bienes otorga “una mayor independencia entre ambos cónyuges, al existir patrimonios separados”.

Por ejemplo, la separación de bienes también es recomendable “cuando uno de los cónyuges sea empresario o tenga bienes privativos, por lo que en un futuro, si se separan, será más fácil a la hora de disolver el matrimonio porque la liquidación de bienes estará resuelta” y por lo tanto, será más fácil a la hora de la liquidación del patrimonio.

Además que, como explican; “Al no existir una sociedad común, las decisiones económicas de cada cual con respecto a sus bienes durante el matrimonio pueden adoptarse sin el acuerdo del otro, y en caso de ruptura, tan sólo habrá que decidir qué hacer con los bienes adquiridos en común, que se repartirán en función de la aportación de cada cónyuge a su adquisición”.

Por último, pero no menos importante, también sucede que “en el caso de gananciales, la sociedad ganancial responde ante las posibles deudas de uno de los cónyuges, lo que no ocurre en caso de separación de bienes”.

¿Cuándo existe separación de bienes entre los cónyuges?

Esta previsión la ha señalado el propio Código Civil en su artículo 1435 de la siguiente forma:

Existirá entre los cónyuges separación de bienes.

1.° Cuando así lo hubiesen convenido.

2.° Cuando los cónyuges hubieren pactado en capitulaciones matrimoniales que no regirá entre ellos la sociedad de gananciales, sin expresar las reglas por que hayan de regirse sus bienes.


3.° Cuando se extinga, constante matrimonio, la sociedad de gananciales o el régimen de participación, salvo que por voluntad de los interesados fuesen sustituidos por otro régimen distinto.

¿En qué consiste el régimen de separación de bienes?

Como su propio nombre indica, en este régimen de separación de bienes conviven dos patrimonios totalmente separados, cada uno perteneciente a cada cónyuge. Es decir, que los bienes que tuviesen en el momento anterior del matrimonio y los que se adquieran después pertenecerán a cada cónyuge, conservando cada uno la propiedad de todos los bienes que han obtenido antes y después de la unión.

Asimismo, cada uno cuenta con la plena libertad para disponer de su patrimonio en el sentido que considere adecuado. Eso sí, sin quedar eximidos de contribuir al sostenimiento de la familia con un 50% en proporción de los recursos de cada uno, esto a menos que se firmara un acuerdo con otras consideraciones.  

Por último, cabe acotar que para que se establezca la separación de bienes, esta debe ser acordada de mutuo acuerdo en las capitulaciones matrimoniales,excepto si tu matrimonio se celebra en la Comunidad Valenciana, Baleares, País Vasco, Aragón y Cataluña, donde si no se señala explícitamente un régimen, se aplica directamente el de separación de bienes.

¿Qué son las capitulaciones matrimoniales?

Por su parte, las capitulaciones matrimoniales son un documento que se otorga cuando se quiere hacer una separación de bienes en documento público, es decir, ante Notario, lo cual puede realizarse antes o después del matrimonio.

Las capitulaciones matrimoniales son pactos de naturaleza preventiva, pensando enuna posible situación de crisis que aún no ha ocurrido y pudiera no ocurrir nunca.

En las capitulaciones matrimoniales podrán los cónyuges futuros o actuales estipular, sustituir o modificar el régimen económico de su matrimonio u otras disposiciones por razón de este, pero tomando en cuenta que todo lo que se estipule en las capitulaciones bajo el supuesto de futuro matrimonio quedará sin efecto si no se contrae este en un plazo de un año.

¿De qué se trata la participación en las ganancias?

Este es el tercer régimen económico matrimonial que regula el Código Civil. Sin embargo, entre el año 2011 y la actualidad apenas el 0,5 % de los matrimonios han optado por este régimen, por lo que es una experiencia casi anecdótica. Así, no deja de sorprender el «escaso arraigo social de este modelo que es para la mayoría de los ciudadanos un gran desconocido, más teniendo en cuenta la tendencia europea a la configuración del régimen de participación como modelo deseable para regular las relaciones patrimoniales de los cónyuges».

¿Cómo hacer la separación de bienes?

Ya vimos los distintos tipos de acuerdo de separación de bienes a los que se puede optar según la circunstancia en particular de cada pareja, pero además de elegir el que más se ajusta a tu situación, también deberás el momento más idóneo para realizar el trámite:

  • Separación de bienes antes del matrimonio

Para poder aplicarse el régimen de separación de bienes antes del matrimonio deben otorgarse las capitulaciones matrimoniales antes Notario, como ya hemos comentado arriba; además de seguir los pasos a continuación:

  • Contactar con un asesor profesional: Será imprescindible contactar con un asesor profesional o abogado para explicar intenciones y alternativas (como lo relativo a la contribución).
  • Contactar con una notaría: Debes contactar con una notaría y explicarles que quieres otorgar capitulaciones matrimoniales para la separación de bienes.
  • Casarte: Por supuesto. Pero cabe acotar que debemos tener en cuenta que entre el otorgamiento de las capitulaciones y la celebración del matrimonio no deberá transcurrir más de un año porque quedarían sin efecto.
  • Inscripción en el Registro Civil: Cuando vayas a inscribir con tu cónyuge vuestro matrimonio en el Registro Civil, deberéis presentar la escritura de las capitulaciones matrimoniales para que se inscriba bajo el régimen económico de separación de bienes.
  • Separación de bienes después del matrimonio

Si, una vez finalizado el matrimonio, se quiere cambiar del régimen de bienes gananciales al de separación de bienes, será necesario:

  • Capitulaciones matrimoniales: Deberás acudir al Notario para que les otorgue las capitulaciones matrimoniales en escritura pública.
  • Inscribirse en el Registro Civil: Se deberá inscribir la escritura o capitulaciones en el Registro Civil.
  • Disolución del régimen matrimonial: Esto facilita la liquidación, pues los bienes mantendrán el carácter con el que se adquirieron, ya sea, cada uno los que adquirió para sí, o los que se adquirieron de forma conjunta que seguirán en proindiviso. Lo que si se tratará de forma muy distinta a los bienes es la vivienda habitual, la cual siempre debe resolverse en los casos de separación o divorcio.
  • Asesoramiento profesional: Este proceso puede realizarse por vía judicial o mediante notario. Pero, ya que ambas situaciones son procesos complejos, es muy aconsejable contar con el asesoramiento jurídico profesional adecuado. De esta forma, tendrás un experto a tu lado que pueda darte respuestas inmediatas y anticiparse a los hechos.

Consejos para realizar la separación de bienes

Finalmente, para que salgas de la separación de bienes de forma exitosa, los expertos te ofrecen algunos consejos útiles:

  • Si la separación de bienes es antes del matrimonio

En este momento suele ser menos problemático realizar la separación de bienes mediante escritura de capitulaciones matrimoniales, porque en la citada escritura de capitulaciones puede acordarse todos los pormenores que tengan por conveniente respecto a los bienes aportados y los que puedan adquirirse durante el matrimonio.

  • Si la separación de bienes es después del matrimonio

En cambio, la separación de bienes después del matrimonio presenta más complicación, pero tampoco es tan problemático como puedes pensar; eso siempre y cuando no se decida realizar una auténtica separación con liquidación de los bienes existentes hasta el momento de la decisión de la separación de bienes, ya que la escritura de capitulaciones matrimoniales, no requiere la aportación de ningún documento acreditativo de dichos bienes, sino, únicamente reflejar la voluntad de constituir dicho régimen económico matrimonial de separación de bienes.

Finalmente, el mejor consejo para que una pareja realice capitulaciones matrimoniales antes o después del matrimonio, es que debe planearse todo en función de la actividad económica de cada miembro de la pareja, ya que dependiendo de dicha actividad económica, interesará más o menos el otorgamiento o la separación de bienes.


¿Por qué es importante pensarlo bien? 

Por último hacemos un llamado a pensar muy bien todo el proceso de separación de bienes porque el régimen elegido va a determinar cómo se gestionarán los bienes durante el matrimonio, qué bienes harán frente a las deudas de la economía familiar y qué ocurrirá con el patrimonio de los esposos en el momento del divorcio. Piensa que tus bienes son los que estarán en juego.

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