Todo lo que debes saber sobre el paso de una mercancía por aduanas

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Siempre que hagamos un envío internacional, ya sea por el medio que sea, terrestre, barco o avión, nuestra mercancía deberá pasar por los controles aduaneros respectivos pasando por cierto proceso de evaluación y aprobación para su paso por las fronteras. Si quieres enterarte de como es este recorrido, aquí te lo contamos todo con la ayuda de los expertos en trámites aduaneros de Transportes Internacionales.

¿Cuál es la función de los puntos aduaneros?

Las aduanas son Organismos Públicos que dependen del Ministerio de Hacienda y están situadas en zonas estratégicas como fronteras, puertos y aeropuertos. Su principal misión es la de proteger la industria nacional o de la UE por medio de la imposición de aranceles, impuestos y tasas a los productos que se importan, de forma que sea un poco menos competitivo la oferta de mercancías procedentes de terceros países, y que los fabricantes europeos se vean más beneficiados.

Tipos de trámites aduaneros

Exportación

En el caso e las exportaciones, los envíos que pasen por aduanas deberán cumplir ciertos requisitos, los cuales serán comprobados en la revisión pertinentes:

El envío deberá viajar con su correspondiente factura (3 originales), la cual puede ser propia o la aportada por la agencia de envíos que se está utilizando. Estas guardadas en un sobre que indique: documentación aduanera.

La información relacionada con la mercancía deberá estar adherida a la misma con ventanillas adhesivas transparentes para que queden perfectamente fijadas al envío

Uno de los datos que deberán aparecer en la factura es el Incoterm: Conjunto de reglas internacionales de 3 letras, regidos por las Cámaras de Comercio Internacionales que determinan la cláusula comercial de la venta y determina quién paga los gastos de transporte y como lo son: EXW, CIF, DAP, DDU… etc.

El pago de los aranceles correspondientes para cada país y cada tipo de mercancía, y que es bueno conocer de antemano.

  • Preferencias Arancelarias

Dentro de las exportaciones, también hay que tomar en cuenta un concepto muy importante: las preferencias arancelarias. Se trata de reducciones que un país aplica a su arancel, en favor de otros países con los que tiene Convenios Internacionales (acuerdo de preferencias comerciales, sistema generalizado de preferencias, zona de libre comercio).

Para que se pueda gozar de dichas reducciones, se tiene que indicar el lugar de origen de la mercancía en la factura correspondiente o solicitar un EUR1, en caso de que el valor de la mercancía sea superior a 6.000 €, y el ATR para los envíos a Turquía

También hay que saber que conforme al Artículo 90 del Reglamento 2454/93: “cualquier exportador puede certificar el origen preferencial, siempre y cuando el importe de dicho envío no supere el valor de 6.000 €. Para ello, debe aportarse el original de la factura fechada y firmada con el nombre de la persona que realiza la declaración en mayúsculas”

Y finalmente, existe la figura del “exportador autorizado”. Se trata de un concepto bastante beneficioso  para aquellos operadores que tienen un gran volumen de operaciones de exportación a países con los que la UE tiene acuerdos comerciales preferenciales y que entonces, no tienen limite de valor.

Eso sí, para gozar de esta ventaja deberás haber gestionado un número de “exportador autorizado” y colocarlo en tu factura. Por ejemplo, en España, este número se consigue en la Agencia Española de Administración Tributaria (AEAT), luego de llevar una investigación sobre la forma de operar de la empresa solicitante, que puede incluso incluir visitas a sus instalaciones para comprobar cierta información.

Productos y tecnologías de doble uso

Otro aspecto importante dentro de la sección de exportaciones es la característica de doble uso de algunos productos y la tecnología (incluido el software), y que se les otorga porque pueden destinarse tanto a usos civiles como a militares o nucleares.

El control de estas exportaciones es competencia comunitaria y nacional, por lo que para aplicarse la normativa se debe facilitar la licencia que tienen, el documento relativo al doble uso correctamente cumplimentado o una factura en la que aparezca esta información.

La documentación necesaria para los productos y tecnologías de doble uso es la siguiente:

  • Producto de doble uso: aportar Licencia de Exportación expedida por el Ministerio de Economía.
  • Producto potencialmente de doble uso: aportar documento de No License Required o carta de doble uso.
  • Si el productono es doble uso, se añade y certifica en la factura comercial/pro-forma el siguiente texto:

«Certifico que las mercancías amparadas en la factura no se encuentran incluidas en los anexos del reglamento CE 428/2009 del Consejo de Europa (y sus actualizaciones), no estando destinadas en ningún momento a tecnología de doble uso ni militar»

  • Autorización de despacho

Finamente, tenemos a la Autorización de Despacho, que  es un documento mediante el cual un importador o exportador autoriza a un Representante Aduanero a presentar en su nombre una o varias declaraciones aduaneras, y que también sirve como una representación ante inspecciones aduaneras, procedimientos de disconformidad con la clasificación arancelaria, actuación en procedimientos sancionadores, etc.

Importación

Ya hemos visto todo el proceso concerniente a las revisiones aduaneras para exportación de un producto, ahora veremos que pasa en el caso de las importaciones.

Sabemos que una importación consiste en realizar los trámites legales para introducir mercancía de terceros países en el territorio aduanero comunitario, ya sea porque se trata de productos que escasean en el mercado interno, o porque hay gran oferta del mismo en el país de origen y las empresas deciden importarlos a otros países para sacarles partido como negocio.

Las importaciones pueden realizarse por empresas y particulares, siempre cumpliendo con todos los lineamientos establecidos por la AEAT, siendo uno de ellos que los gastos generados como aranceles, tasas e impuestos correrán a tu cargo.

  • Costes aduaneros

Ya sea que se trate de que estés operando como una empresa o como un particular deberás asumir el pago de tres cargos distintos:

  • Aranceles e Impuestos especiales de la U.E.
  • IVA a la importación.
  • Los aranceles comerciales -o derechos arancelarios- que son impuestos o tasas que se aplican “Ad-Valorem”; es decir, como un porcentaje sobre el valor de la mercancía en aduana.
  • El DUA

El DUA o Documento Único Administrativo es el soporte en papel de nuestra declaración de importación o exportación ante las Autoridades Aduaneras. Es un documento compuesto por 9 copias, correspondiendo los ejemplares 3 y 8 al exportador e importador respectivamente.

La presentación de esta declaración representa el compromiso del declarante de que los datos contenidos en la declaración son ciertos y se corresponden con las mercancías de que se trata, y de no ser así, incluso a razón de una negligencia común, puede conllevar a la incoación del pertinente expediente sancionador. Y es que la declaración es un acto tributario y, por tanto, está regulada por la normativa tributaria y fiscal.

  • EORI

Es un número identificativo para toda la Unión Europea, bajo el cual, todos aquellos operadores económicos que realicen importaciones y exportaciones están obligados a registrarse. Esto incluye a personas físicas o jurídicas, o entidades que, en el marco de una actividad empresarial o profesional, realicen actividades con la Aduana. Mientras que, en el caso de sucursales y establecimientos permanentes de entidades no residentes, tendrán que solicitarlo para realizar operaciones aduaneras.

Este número se solicita en la AEAT, incluso con tu certificado digital vía internet, obteniéndolo al momento y con validez inmediata, o como máximo, valido después e las 48 horas a su emisión. Incluso, la administración se encargó de dar de alta automática a más del 90% de PYMES, por lo que de seguro estas están registradas desde su primer trámite aduanero y pueden ni si quiera saberlo, así de fácil es este trámite.

La Agencia Tributaria no expide ningún certificado de EORI, pero se pueden consultar los datos en la Web de Fiscalidad y Unión Aduanera de la Comisión Europea. Y es que no hay que confundir el EORI con otros números de identificación asignados por las autoridades tributarias, como el número NIF-IVA en el censo VIES u Operador Económico Autorizado, los cuales guardan sus diferencias importantes y hay que saber hacerlas.

En el caso del EORI, por ejemplo, no se trata de una licencia de exportación/ importación como tal, sino más bien un registro, que en la mayoría de los casos, es la propia administración aduanera la que dará de alta de oficio.

Impuestos de aduanas en España

No podemos terminar esta guía sin antes hablar de los impuestos que hay que pagarse en España con motivo de aduanas. Comenzando, en España se aplica el IVA (impuesto sobre el valor añadido) a los productos importados, mientras que los impuestos de los productos exportados dependen del país de destino.

En cuanto l IVA también hay que tomar en cuenta que España tiene algunos territorios donde el IVA no se aplica, se sustituye por otro impuesto relacionado, con distinto porcentaje, como es el IGIC en la Comunidad Canaria, o el IPSI en Ceuta y Melilla.

La tasa general aplicable es del 21 % sobre el valor del producto, aunque dependiendo del tipo de producto puede disminuir a un 10 % (llamado tipo reducido) o incluso un 4 % (llamado tipo superreducido).

 

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