He comprado un coche en el extranjero. ¿Qué hago?

Facebook
Twitter
LinkedIn

Siempre había oído decir que resultaba mucho más barato y ventajoso comprar un coche en el extranjero. Consulté entonces mis amigos y colegas e indagué también sobre el tema navegando por la red y constaté que, en efecto, comprar un coche fuera de España parecía ser una muy buena opción. Con lo cual, decidí lanzarme porque llevaba ya un tiempo con el runrún de comprarme el modelo de Mercedes Benz E 350 Bluetec Coupé. Pero, porque siempre hay un “pero”, cuando vi la tonelada de papeleo que había que hacer, las formalidades que tenía que cumplir, francamente al odiar todo ello opté por dirigirme al despacho de abogados que se encontraba a unos pasos de mi casa y del que había oído hablar maravillas: TFS abogados en Santander una sociedad fundada en 2003 por el letrado Eduardo Bra de la Rosa. Desde entonces, vienen prestando servicios de asesoramiento jurídico con acreditada experiencia y solvencia profesional, en los diversos ámbitos del Derecho de la Empresa y Sociedades, tanto en el plano consultivo como en el procesal.

A día de hoy, no me arrepiento en absoluto de haber puesto entre sus manos los trámites administrativos de mi coche, porque ellos son los que se han encargado de todo por mí dirigiéndose a la Jefatura de Tráfico de Cantabria, etc. ¡Qué alivio para mí el no tener que preocuparme de nada! Pfff… Por si os interesa saberlo, y por si un día os hiciera falta a vosotros también, el despacho se ocupa de cualquier trámite administrativo referente a los vehículos. Ello puede ir desde la tramitación de la tarjeta de transportes por carretera,  la matriculación del coche, etc., el cambio de titularidad, pasando por los informes de tráfico, las transferencias de vehículos, procedimiento de baja de vehículo hasta la obtención de duplicados (ante la Jefatura de tráfico, ante la Inspección técnica de vehículos) y renovación del carné de conducir.

Formalidades que debes cumplir al comprar un vehículo fuera de España

Ante todo, debes saber que la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial te obliga a matricular tu coche si lo vas a utilizar por las carreteras española y si resides en España. Lo primero que deberás hacer es pasar la ITV (Inspección Técnica de Vehículos), dar de alta tu coche en la Jefatura de Tráfico y abonar los impuestos que correspondan a esos procedimientos. Las tasas dependerán del tipo de coche, del valor y de la provincia donde haya sido dado de alta tu coche. En el caso, como yo, de haberlo comprado fuera de España, y que éste provenga de un país de la Unión Europea, deberás matricularlo en territorio español siempre y cuando residas en España. Luego de ello, para obtener la matrícula española, deberás pasar la ITV aunque el coche haya pasado la inspección correspondiente en su país de origen. ¡Eso es muy importante! Una vez que hayas superado este paso, viene lo más doloroso –diría yo– es decir abonar los impuestos que correspondan.

En primer lugar, tienes el Impuesto Especial Sobre Determinados Medios de Transporte a través del Modelo 576 que debes pedir en la Agencia Tributaria. En el caso de haber comprado tu coche nuevo en la Unión Europea, deberás pagar el IVA (los modelos son el 300 o el 309). Si lo has comprado de segunda mano pero también en la UE, deberás entonces abonar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales. Si el coche de ocasión lo has comprado en la UE pero a través de una empresa, deberás en ese caso preciso presentar la factura con CIF intracomunitario de la empresa.

Otra posibilidad, es que si has comprado tu vehículo fuera de la UE, deberás entonces presentar el Documento Único Administrativo que te haya proporcionado la aduana. Por fin, deberás pagar el Impuesto de Circulación Municipal en el municipio donde estés empadronado en España. En cuanto al impuesto de matriculación, éste será fijado en función de las emisiones de CO2. Con lo cual, si éstas son inferiores a 120 g/km de CO2, no deberás pagar nada. Si se sitúan entre los 120 y 160 g/km de CO2, el precio a pagar corresponderá al 4,75%. Entre los 160 y 200 g/km de CO2, al 9,75% y si superan los 200 g/km de CO2, en dicho caso corresponderá al 14,75%. Una vez efectuado todo ello, ya sólo deberás presentar la documentación en la Jefatura Provincial de Tráfico, pagar la tasa de matriculación y podrás conseguir tu anhelado número de matrícula y documentación definitiva y –claro– comprar tu matrícula y montarla en tu coche. ¡Cuánto rollo! Por ello, para ahorrarme esos quebrados de cabeza opté por pasar por Tramites Fáciles Santander Abogados & Asesores, y quedé muy satisfecha con ellos.

Mas al explorador